Please use this identifier to cite or link to this item: http://repositorio.ugto.mx/handle/20.500.12059/3838
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dc.rights.licensehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0es_MX
dc.creatorGuadalupe Noemí García Cardoso-
dc.date.accessioned2020-12-18T22:30:01Z-
dc.date.available2020-12-18T22:30:01Z-
dc.date.issued2019-
dc.identifier.urihttp://repositorio.ugto.mx/handle/20.500.12059/3838-
dc.description.abstractEntre los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, Dinamarca, Suecia, Francia y Noruega han establecido satisfactoriamente un sistema de impuestos a los plaguicidas con cierto nivel de diferenciación de acuerdo a su nivel de toxicidad. En un recuento de estas experiencias, Oskam (1997) señala tres lecciones básicas: Los impuestos deben establecerse con base en el daño que provocan a la salud o al medio ambiente, también tendrán mayor éxito entre más fácil sea su recolección y entre más difícil sea su evasión y, por último, el monto recaudado debe regresarse a los agricultores que sufren perjuicios derivados de su uso entonces así, habrá un mayor grado de aceptación. Con esta investigación, se pretende determinar las implicaciones legales y casos en el marco del TLCAN para las empresas que comercializan comestibles con plaguicidas organofosforados, como Paration Metílico, a pesar de sus altos niveles de toxicidad, especialmente la operatividad en México del impuesto ambiental, hasta la indagación de empresas con sustitutos ecológicos, con la finalidad de aprovisionar a las empresas nacionales de los instrumentos necesarios para una transición hacia prácticas más sustentables. También se busca reflejar cómo el uso de plaguicidas ha ido adquiriendo una gran importancia en el mundo empresarial, sin conocerse realmente el daño marginal que éstos causan a la sociedad. Desde esta perspectiva se aborda la investigación, con el objetivo de aportar un pequeño avance en la regulación y control de este tipo de sustancias, que contribuya a una mejor sustentabilidad y permita un mayor grado de conciencia en las empresas que los comercializan por medio del TLCAN (T-MEC), con el objeto de conocer las principales implicaciones legales a las que se enfrentan debido a la aplicación de impuestos ambientales como una medida para reducir o incluso, eliminar el consumo de los mismos logrando un mayor grado de conciencia.es_MX
dc.language.isospaes_MX
dc.publisherUniversidad de Guanajuatoes_MX
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_MX
dc.sourceJóvenes en la Ciencia: 7º Encuentro Estatal De Jóvenes Investigadores Vol. 6 (2019)es_MX
dc.titleImpuestos Ambientales a los Plaguicidas en el Tlcan (T-Mec); Retos en Méxicoes_MX
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlees_MX
dc.subject.ctiinfo:eu-repo/classification/cti/1es_MX
dc.subject.ctiinfo:eu-repo/classification/cti/5399-
dc.subject.ctiinfo:eu-repo/classification/cti/53-
dc.subject.keywordsImpuestos ambientaleses_MX
dc.subject.keywordsPlaguicidases_MX
dc.subject.keywordsTLCAN (T-MEC)es_MX
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_MX
Appears in Collections:Revista Jóvenes en la Ciencia

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