Please use this identifier to cite or link to this item: http://repositorio.ugto.mx/handle/20.500.12059/6204
Full metadata record
DC FieldValueLanguage
dc.rights.licensehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0es_MX
dc.contributorVICTOR MANUEL COLLI EKes_MX
dc.creatorFRANCISCO JOSE PARRA LARAes_MX
dc.date.accessioned2022-05-19T13:39:06Z-
dc.date.available2022-05-19T13:39:06Z-
dc.date.issued2021-08-
dc.identifier.urihttp://repositorio.ugto.mx/handle/20.500.12059/6204-
dc.description.abstractAl irrumpir el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH), trajo aparejado el principio pro homine (nombre con el que suele ser mayormente referenciado continental e internacionalmente), mismo que mandata a los países y sus autoridades actuar en pos de aplicar, en la medida más amplia posible, el favorecimiento a las personas. Misma directriz que el texto de la Constitución federal mexicana consagra en su artículo 1º. Ahora, como se sabe, la integración del corpus juris de los derechos humanos se conforma con las interpretaciones tomadas de cualquier jurisdicción del mundo, siempre y cuando estas resulten aplicables al caso, resalta el hecho de saber cuáles son los lineamientos, en sede internacional y nacional, que habrían de respetarse para hacer factible el debido cumplimiento de tal apotegma. Consustancial a dicha tarea, es la relativa a precisar cómo el pro homine (de acuerdo a lo razonado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos) y el pro persona (según lo modulado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación), está conceptualizado por su doctrina; extremo que incluye las opiniones académicas pertinentes sin dejar de lado la obra legislativa, tanto doméstica como internacional, en donde se asienta la que, para los efectos de esta tesis se denominó la corriente “normativa o positivista”, a fin de contrastarla con los criterios jurisdiccionales que tendrían más afinidad con la diversa “argumentativa-principialista”. Investigación basada en lo cuantitativo, pues quedó de manifiesto que no existe ni recopilación, al menos desde la perspectiva mexicana, congruente con una sistematización de datos acerca de los orígenes, estructura y desarrollo como pasos previos y necesarios en la interpretación del pro persona. Lo que se transpola hacia lo cualitativo, pues con lo anterior se espera colaborar en el desarrollo de la teoría acerca de cómo, real y operativamente ha venido operando tal principio.es_MX
dc.language.isospaes_MX
dc.publisherUniversidad de Guanajuatoes_MX
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_MX
dc.subject.classificationCGU- Doctorado Interinstitucional en Derechos Humanoses_MX
dc.titleEl principio pro homine o pro persona y su influencia en la tutela jurisdiccional efectiva de los derechos humanos en Méxicoes_MX
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesises_MX
dc.creator.idinfo:eu-repo/dai/mx/cvu/882015es_MX
dc.subject.ctiinfo:eu-repo/classification/cti/5es_MX
dc.subject.ctiinfo:eu-repo/classification/cti/59es_MX
dc.subject.ctiinfo:eu-repo/classification/cti/5906es_MX
dc.subject.keywordsPrincipio pro Homine (Pro Persona)es_MX
dc.subject.keywordsTutela jurisdiccional efectivaes_MX
dc.subject.keywordsCorpus Iuris internacionales_MX
dc.subject.keywordsDerechos humanos – Méxicoes_MX
dc.contributor.idinfo:eu-repo/dai/mx/cvu/202043es_MX
dc.contributor.roledirectores_MX
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones_MX
Appears in Collections:Doctorado Interinstitucional en Derechos Humanos

Files in This Item:
File Description SizeFormat 
FRANCISCO JOSÉ PARRA LARA_Tesis24.pdf3.03 MBAdobe PDFView/Open


Items in DSpace are protected by copyright, with all rights reserved, unless otherwise indicated.